Por considerarlo de interés, les comunicamos que mediante Decreto Ejecutivo No. 9 del 23 de abril de 2019, el Gobierno decretó cambios en relación con los Permisos de Trabajo Indefinidos en calidad de Extranjeros Nacionales de Países Específicos que mantienen Relaciones Amistosas, Profesionales, Económicas y de Inversión con la República de Panamá (Países Amigos), a saber:
- El Permiso de Trabajo en calidad de Países Amigos será expedido de forma provisional por tres (3) años, prorrogables por el mismo término. Anteriormente, el Permiso de Trabajo de Países Amigos era de carácter indefinido.
- El Permiso de Trabajo en calidad de Países Amigos se podrá solicitar mientras el proceso de residencia se encuentra en trámite. Anteriormente, debía esperarse a que el permiso de residencia permanente hubiere sido aprobado.
- Para la prórroga del Permiso de Trabajo de Países Amigos, será necesario que el solicitante presente ficha del seguro social que compruebe nueve (9) cuotas de seguridad social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo nacional.
A pesar de que el Decreto Ejecutivo in comento es silencioso en cuánto al efecto que éste tiene sobre los procesos presentados, habiendo hecho investigaciones con la Autoridad de Migración Laboral, les podemos comentar que los permisos de trabajo que estuvieren en trámite antes del 24 de abril del 2019, no se verán afectados por el Decreto Ejecutivo No. 9 de 2019. Estos permisos en trámite se aprobarán por término indefinido. Asimismo, el Decreto no afecta los permisos de trabajo indefinidos que fueron otorgados previo a la vigencia del nuevo Decreto Ejecutivo 9 de 2019.